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Nuevamente Detienen A Ángel Martínez Jiménez Por No Acudir A Citación De La Fiscalía De Santiago

June 09 , 2025

Nuevamente detienen a Ángel Martínez Jiménez por no acudir a citación de la Fiscalía de Santiago.

Santo Domingo.– El Ministerio Público arrestó este domingo a Ángel Ramón de Jesús Martínez Jiménez, quien enfrenta una querella por presunta difamación e injuria, tras no comparecer ante una citación emitida por la Fiscalía de Santiago.

El arresto se produjo en horas de la mañana en un hotel del Distrito Nacional, según informaron fuentes oficiales. Martínez Jiménez será trasladado a Santiago por un fiscal de la Dirección General de Persecución, acompañado por personal de otras áreas del Ministerio Público.

La querella en su contra fue interpuesta por Anulfo de Jesús Gutiérrez Almonte, presidente de la Asociación de Ecuestre Nacional, quien también señala como cómplice en el caso a la señora Vhanessa Victoria.

De acuerdo con el expediente, el proceso se fundamenta en la presunta violación de los artículos 367 y siguientes del Código Penal Dominicano, que sancionan la difamación e injuria. Asimismo, incluye los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre Delitos de Alta Tecnología, y los artículos 29, 31, 33, 38 y 51 de la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.

El Ministerio Público continúa las investigaciones, mientras se espera la presentación formal de Martínez Jiménez ante el tribunal correspondiente en Santiago.

¿Qué es injuria en RD?

En la República Dominicana, la injuria es una figura penal contemplada en el Código Penal como una ofensa que atenta contra la dignidad o el honor de una persona, mediante expresiones o actos que no necesariamente contienen acusaciones falsas de hechos, pero que resultan ofensivos o humillantes. Se considera injuria cuando alguien profiere insultos, descalificaciones o expresiones degradantes que afectan la imagen personal o profesional de otro, sin que haya necesariamente una imputación directa de un delito.

Este delito está regulado a partir del artículo 367 del Código Penal Dominicano, junto con la difamación y la calumnia. Además, puede agravarse si se comete a través de medios de comunicación, como redes sociales, prensa o radio, lo que está contemplado en leyes complementarias como la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento y la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. La injuria puede conllevar sanciones penales y civiles, dependiendo de la gravedad del daño causado a la víctima.